BASES para determinar las organizaciones nacionales de personas trabajadoras y
empleadoras que intervendrán en la designación de los integrantes de la Asamblea
General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
El 24 de febrero de este año se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las
bases para determinar las organizaciones nacionales de personas trabajadoras y
empleadoras que intervendrán en la designación de los integrantes de la Asamblea
General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en
cumplimiento a las disposiciones del artículo tercero transitorio, fracción I, del decreto de
reformas a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y
de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vivienda con orientación social, dado a
conocer en el DOF el 21 de febrero.
El primer cambio importante se da con la reducción de integrantes de la Asamblea
General, ya que actualmente se conformará de manera tripartita con treinta miembros, de
los cuales diez serán designados por el Ejecutivo Federal, diez por las organizaciones
nacionales de personas trabajadoras y los restantes diez por las organizaciones
nacionales de personas empleadoras, que durarán en su encargo seis años.
Las bases contienen los requisitos que deben cumplir tanto las organizaciones nacionales
de personas trabajadoras y empleadoras para designar a sus representantes, así como
aquellos que deben cumplir los propios representantes que fueron nombrados para formar
parte de la Asamblea General.
Las designaciones que realicen las organizaciones nacionales de personas trabajadoras y
empleadoras serán calificadas y revisadas por la Secretaría del Trabajo y Previsión
Social, estando auxiliada por personas representantes del Infonavit, y en caso de que
alguna de las personas designadas incumpla con los requisitos de elegibilidad, se
notificará a la organización correspondiente para que realice una nueva designación.
La convocatoria de las organizaciones de personas trabajadoras y empleadoras que
deban hacer la designación de representantes se publicará en el DOF y en tres periódicos
de circulación nacional, con quince días naturales previos a la fecha en que haya de
renovarse la Asamblea General.
Una vez publicada la convocatoria, las organizaciones de personas trabajadoras y
empleadoras con derecho a normar representantes, contarán con tres días naturales para
designarlos.
Finalmente, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, publicará en el DOF los nombres
de las y los representantes designados, comunicándolo al Infonavit para posteriormente
realizar la instalación de la Asamblea General.
En los transitorios, se establece que las bases entrarán en vigor al día siguiente de su
publicación, dejando sin efectos las bases que fueron publicadas en el DOF el 28 de
agosto de 2020.