Bases para elegir representantes en la Asamblea del Infonavit

4/3/2025

BASES para determinar las organizaciones nacionales de personas trabajadoras y

empleadoras que intervendrán en la designación de los integrantes de la Asamblea

General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

El 24 de febrero de este año se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las

bases para determinar las organizaciones nacionales de personas trabajadoras y

empleadoras que intervendrán en la designación de los integrantes de la Asamblea

General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en

cumplimiento a las disposiciones del artículo tercero transitorio, fracción I, del decreto de

reformas a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y

de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vivienda con orientación social, dado a

conocer en el DOF el 21 de febrero.

El primer cambio importante se da con la reducción de integrantes de la Asamblea

General, ya que actualmente se conformará de manera tripartita con treinta miembros, de

los cuales diez serán designados por el Ejecutivo Federal, diez por las organizaciones

nacionales de personas trabajadoras y los restantes diez por las organizaciones

nacionales de personas empleadoras, que durarán en su encargo seis años.

Las bases contienen los requisitos que deben cumplir tanto las organizaciones nacionales

de personas trabajadoras y empleadoras para designar a sus representantes, así como

aquellos que deben cumplir los propios representantes que fueron nombrados para formar

parte de la Asamblea General.

Las designaciones que realicen las organizaciones nacionales de personas trabajadoras y

empleadoras serán calificadas y revisadas por la Secretaría del Trabajo y Previsión

Social, estando auxiliada por personas representantes del Infonavit, y en caso de que

alguna de las personas designadas incumpla con los requisitos de elegibilidad, se

notificará a la organización correspondiente para que realice una nueva designación.

La convocatoria de las organizaciones de personas trabajadoras y empleadoras que

deban hacer la designación de representantes se publicará en el DOF y en tres periódicos

de circulación nacional, con quince días naturales previos a la fecha en que haya de

renovarse la Asamblea General.

Una vez publicada la convocatoria, las organizaciones de personas trabajadoras y

empleadoras con derecho a normar representantes, contarán con tres días naturales para

designarlos.

Finalmente, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, publicará en el DOF los nombres

de las y los representantes designados, comunicándolo al Infonavit para posteriormente

realizar la instalación de la Asamblea General.

En los transitorios, se establece que las bases entrarán en vigor al día siguiente de su

publicación, dejando sin efectos las bases que fueron publicadas en el DOF el 28 de

agosto de 2020.

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